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DESLINDE | DOMINIO PUBLICO MARITIMO TERRESTRE | LEY DE COSTAS | AFECTADOS | DESAFECTADOS |

Recibimos muchas preguntas de los vecinos y esperemos que esta seccion de la pagina ayude a aclarar algunas dudas y preguntas frecuentes:
1) ¿Qué es el dominio público marítimo terrestre? En España las playas no pueden ser privadas. Toda la costa pertenece al dominio público, es decir, que es de todos. Ese dominio público incluye el lecho y el subsuelo marino, el mar, la playa, la zona marítimo terrestre, los espacios adquiridos por la Administración para ser integrados en el dominio público, etc.
2) ¿Qué es un deslinde del dominio público marítimo terrestre? La constitución y la ley de costas establecen como principio abstracto que las playas y la zona marítimo terrestre son del dominio nacional, pero para la determinación en cada tramo de costa del límite de la misma es preciso tramitar un expediente administrativo, con audiencia de los colindantes, llamado de deslinde justamente porque se trata de deslindar lo público de lo privado. En nuestro derecho hay varios tipos de deslindes: de montes, de vías pecuarias y de propiedades colindantes (deslinde entre particulares).
3) Cada bloque tiene un problema distinto y el de Rocafel no tiene que ver con el Helios, etc.? Cada uno tiene sus particularidades, pero todos estamos afectados por el mismo deslinde.
4) Los Rocafel cuentan ya con gabinete de abogados y no queremos participar en pleitos con la Asociación. Cual es la posicion? La Asociación no tiene en absoluto como objetivo pleitear. En caso de pleito, cada comunidad (y cada propietario) acudirá al abogado que estime oportuno.
5) No debemos embarcarnos en nuevos gastos innecesarios con una Asociación. Efectivamente, habrá que hacer fotocopias de circulares informativas y pagarlas. Necesitamos copias de documentos de la administración y de informes, cuyas fotocopias también hay que pagar, Si los responsables de la Asociación tienen que desplazarse al centro de Alicante para cualquier gestión, les garantizamos que no pasarán el cargo del precio del autobús. Pero si hay que ir a Valencia o Madrid, como ha habido que hacerlo ya, parece normal que se les abonen los gastos del viaje. En los estatutos de la asociación se ha establecido una cuota de 12€ por componente . No parece una ruina para nuestra economía doméstica.
6) No es necesaria una Asociación que coordine nuestras gestiones con la Administración. Se han hecho gestiones en el pasado, cada uno por su lado y aparentemente nadie se ha enterado más que los que las han llevado a cabo. Como hemos sabido, tanto el Ayuntamiento como la Generalitat se lamentan de nuestra descoordinación. A la única Administración a la que parece no importarle es a Costas; naturalmente, cuanto más divididos nos vean, más fácil tienen imponernos sus criterios claramente abusivos. Con este pagina web pretendemos difundir la informacion para todos desde el primer momento para que todos esten informados por igual.
7) Desde hace años se vienen haciendo gestiones con Costas y “seguimos trabajando”. Y Costas tiene la voluntad de arreglar nuestra situación. ¿Qué gestiones en concreto? Dejemos de lado lo que un Delegado de Costas dice en un momento dado (probablemente sólo para que se callen) y señalen un solo hecho, uno solamente, que haya hecho Costas en los últimos meses o años que permita dar crédito a su supuesta buena voluntad de solucionar de una vez nuestra situación. ¿Existe algún documento de Costas que justifique esta “credulidad”?.Por el contrario las actuaciones realizadas hasta la fecha por el antiguo MOPU y por la Demarcación Provincial de Costas han sido claramente contrarias al arreglo de la situación:
- Por Orden Ministerial de 14/5/82 se inició expediente de caducidad de las concesiones C 1263 ( espigones) y C 1290 ( terrenos ganados al mar) .
- Inicio de sendos expedientes sancionadores contra ROCAFEL 19 en 1987 en los que se propone resolver la obligación de la comunidad de restituir o reponer la zona de dominio público ocupada por el edificio y la piscina a su estado debido mediante levantamiento de las obras y retirada de los materiales fuera del dominio público.
- Recurso de reposición interpuesto por el MOPU en el año 1987 contra la resolución que aprobó definitivamente el PLAN GENERAL MUNICIPAL DE ORDENACION URBANA de Alicante. El MOPU alegaba la improcedencia de la clasificación urbana de la zona ADOC-ROCAFEL, que debiera ser espacio libre protegido, esta clasificación suponía la imposibilidad de reparar los edificios y la carretera y la obligación del ayuntamiento de demoler las viviendas.El MOPU planteó un recurso contencioso afortunadamente ganado por el Ayuntamiento, con lo cual la zona está clasificada, por ahora, como urbana.
- En este punto les alertamos de que está en tramitación un nuevo PGOU, con la nueva ley de costas es preceptivo un informe vinculante de costas; de mantenerse el deslinde actual nuestra zona quedaría fuera de ordenación.En este contexto, en la comunicación del Jefe del servicio Provincial de costas de Mayo de 2005 se manifestó expresamente, ante la intención del Ayuntamiento de Alicante de proceder a la revisión del PGOU, que el objetivo de la Administración General del Estado es “ desalojar del dominio público y de las zonas de servidumbre todas las ocupaciones incompatibles con sus determinaciones”.
8) Ya tenemos la Asociación de vecinos Serra-Grossa para apoyarnos. Pretenden que Rocafel haga las gestiones necesarias sin contar con Helios, Torre-Alacant y Alacant II (que comparten el mismo problema) y esperan que la Asociación Serra-Grossa, a muchos de cuyos miembros les es completamente ajeno nuestro problema, nos lo resuelva.
9) No hay que hacer nada y sólo esperar a que Costas nos envíe las cartas de Confirmación de deslinde y entonces hacer las alegaciones oportunas. Nuestra solución definitiva está, sin duda, (según los abogados y algún miembro honesto y claro de Costas) en un nuevo deslinde bien hecho que contemple la ribera de mar diferenciada de la línea de dominio público y facilite la desafectación dejándonos fuera del dominio público en el que Costas pretende que estamos. Recibir las cartas de Costas supone, como se dice arriba, vernos envueltos en pleitos. Esperar que Costas reaccione favorablemente a nuestras alegaciones a esas cartas y se acabe nuestro problema debe calificarse, como mínimo, de ingenuo. Costas no ha hecho caso a una sentencia de la Audiencia Nacional que pide que se haga un nuevo deslinde teniendo en cuenta la nueva realidad de nuestra zona. No hace falta recordarles que la Audiencia Nacional es un organismo del Estado, de alto rango e independiente. ¿Alguien cree con cierta base que Costas va a hacer caso a nuestras alegaciones si no lo hizo a la Audiencia Nacional? Nuestra salvación está, sin duda en conseguir cuanto antes el reconocimiento de la existencia de una ribera de mar diferenciada de la línea interior del dominio público como paso previo e imprescindible a la desafectación. En esta línea trabaja ya la Asociación y se le informará debidamente a sus miembros.
Estamos desarrollarando respuestas a mas preguntas frequentes...
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